Uniones de empresarios. Ley de contratos del sector público 6
1. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. 2. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales […]
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